A partir del 1 de septiembre de 2026, la Seguridad Social comenzará a practicar, con carácter general, las notificaciones por medios electrónicos en determinados procedimientos relacionados con prestaciones económicas.
Esta modificación, introducida por la Orden ISM/541/2026, de 1 de junio, obliga a muchas personas que tengan un expediente abierto con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a consultar periódicamente la Sede Electrónica de la Seguridad Social, ya que será el canal habitual para recibir resoluciones, requerimientos y otras comunicaciones oficiales.
Se trata de un cambio importante que puede afectar directamente al ejercicio de los derechos de los ciudadanos si no se revisan las notificaciones dentro de los plazos legalmente establecidos.
La nueva regulación se aplicará, entre otros, a los procedimientos relacionados con las siguientes prestaciones:
Incapacidad temporal (baja médica).
Incapacidad permanente.
Prestación por nacimiento y cuidado del menor.
Prestación por riesgo durante el embarazo.
Prestación por riesgo durante la lactancia natural.
Lesiones permanentes no incapacitantes.
En estos procedimientos, las comunicaciones se realizarán preferentemente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
No.
Aunque la regla general pasa a ser la notificación electrónica, la normativa contempla determinadas excepciones.
Por ejemplo, la Administración podrá practicar la notificación de forma presencial cuando el ciudadano comparezca en una oficina y sea posible realizarla en ese momento.
Asimismo, podrán utilizarse otros medios cuando la Administración no disponga de los datos electrónicos necesarios para remitir los avisos correspondientes.
Uno de los aspectos más relevantes de esta modificación es que no consultar una notificación electrónica no impide que produzca efectos jurídicos.
Si transcurre el plazo previsto en la normativa sin acceder a la notificación, esta podrá entenderse válidamente practicada y comenzarán a computarse los plazos para:
Presentar alegaciones.
Aportar documentación.
Interponer recursos.
Realizar cualquier actuación administrativa exigida.
Por este motivo, resulta especialmente recomendable revisar periódicamente el buzón de notificaciones electrónicas cuando exista un procedimiento abierto ante la Seguridad Social.
Para evitar incidencias, conviene disponer de alguno de los sistemas de identificación admitidos por la Administración, entre ellos:
Certificado digital.
Cl@ve Permanente.
DNI electrónico.
Igualmente, es aconsejable mantener actualizados los datos de contacto, ya que los avisos por correo electrónico o SMS, aunque no sustituyen la notificación oficial, pueden servir como recordatorio de que existe una comunicación pendiente.
La Orden ISM/541/2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 1 de junio de 2026, establece un periodo transitorio de tres meses.
Por ello, el nuevo sistema de notificaciones electrónicas comenzará a aplicarse el 1 de septiembre de 2026.
Desde esa fecha, cualquier persona que esté tramitando una prestación incluida en la norma deberá prestar especial atención a las comunicaciones emitidas por la Seguridad Social para evitar la pérdida de plazos o de derechos.
Aunque esta modificación afecta con carácter general al sistema de notificaciones, cada procedimiento administrativo presenta particularidades que deben analizarse de forma individual, atendiendo a la normativa aplicable, al tipo de prestación y a las circunstancias concretas de cada expediente.
Por ello, ante cualquier requerimiento, resolución o notificación del INSS, resulta aconsejable obtener asesoramiento jurídico antes de dejar transcurrir los plazos legales, ya que una actuación tardía puede limitar las posibilidades de defensa.
En el despacho de Vanessa Salgado, Abogada Laboralista y Mediadora, prestamos asesoramiento especializado en procedimientos ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), incapacidades permanentes, incapacidad temporal, prestaciones de la Seguridad Social y recursos frente a resoluciones administrativas.
Si ha recibido una notificación de la Seguridad Social o tiene un procedimiento abierto y desea conocer cómo puede afectar a sus derechos, solicite una consulta. Estudiaremos su caso de forma personalizada para ofrecerle la mejor estrategia jurídica.
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